Persona en silla de ruedas subiendo por sus propios medios a un colectivo |
DE LA MANO DE LA LEGISLADORA RADICAL DE NUESTRA CIUDAD, AMALIA VAGNI, SE PRESENTÓ EN LA UNICAMERAL PROVINCIAL, UN PEDIDO DE INFORMES ACERCA DE LA SITUACIÓN GENERAL DEL PASE LIBRE, ÚNICO Y UNIVERSAL DESTINADO A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Se presentó en la Unicameral Provincial, de la mano de la Legisladora Radical de nuestra ciudad, Amalia Vagni, un pedido de informe acerca de la situación general del Pase Libre, Único y Universal destinado a personas con discapacidad.
Entre los pedidos, se requiere información acerca de la cantidad de pases otorgados en el Departamento Santa María, pero por sobre todo cuáles son los criterios que utilizan las Empresas Interurbanas de Transporte Diferencial con respecto a ese derecho.
Como fundamento, Vagni reclama que se les niega el acceso al servicio público de transporte a personas que poseen el Pase. Concretamente, en el servicio diferencial de transporte interurbano no se permite a más de una persona con dicha credencial, utilizar el servicio; no importa la circunstancia del caso, no importa si el colectivo se encuentra con asientos disponibles.”
Situación que no es ajena a los vecinos de nuestra ciudad, ya que es un hecho cotidiano presenciar al rechazo de parte del chofer a subir a las unidades a aquellos pasajeros que exhiban, su credencial aduciendo “¡ya tengo uno!”.
La legislación cordobesa no ampararía lo que parece ser un acuerdo discrecional entre las empresas, ya que “De manera unánime estas empresas diferenciales han decidido ‘reglamentar’ la ley Nº 9440 que regula la materia, creando tal disposición interna que los choferes deben cumplir. A pesar de no existir ninguna norma que permita a las empresas de transporte a realizar esta práctica discriminatoria”, asegura la legisladora.
Un problema nacional
La existencia o la constitucionalidad de los cupos ha sido el centro de polémicas y protestas desde hace años. El Decreto 38/2004 establéce que el certificado de discapacidad previsto por la Ley N° 22.431 y su modificatoria será documento válido para acceder al derecho de gratuidad para viajar en los distintos tipos de transporte colectivo terrestre, sometidos a contralor de la autoridad nacional.
En 2006, un inciso del artículo 4 del decreto 118, dispuso que esa obligación de transporte se limitara a una plaza para personas con discapacidad y una para su acompañante, si el servicio cuenta con hasta 54 asientos y de 2 plazas y su acompañante si la capacidad fuera mayor.
El debate que produjo ese inciso fue tanto a nivel nacional, así como en nuestra Provincia. De hecho, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró la inconstitucionalidad del artículo, señalando que “estableció un límite, que constituye un impedimento para el derecho de los litigantes a participar en condiciones de igualdad y con equiparación de oportunidades junto con el resto de la población”.
Muchos grises
Aún así, el problema sigue estando y las quejas son diarias. Las empresas les imponen a los choferes un cupo, justificándose detrás de cuestiones de subsidios y económicas. Y en la vereda, a menudo quedan, de día, de noche, con lluvia, frío o extremo calor, personas que están simplemente exhibiendo un derecho adquirido, mientras, a través de estas prácticas, se le termina negando un servicio ,entre las miradas de los otros pasajeros.
En los últimos años hubo un cambio de paradigma, un cambio de mirada hacia la discapacidad. Ya no como enfermos, que no pueden, sino considerarla como lo que es realmente, el producto de todas las barreras físicas y sociales que la misma sociedad pone. Cuando una persona no puede acceder a un colectivo porque no tiene una rampa, o cuando hay barreras como este cupo impuesto. Hay un camino muy grande para recorrer y nos va a llevar mucho tiempo. Es importante seguir trabajando y hacer la discusión y mantener el tema en agenda, para seguir concientizando, sensibilizando y seguir luchando para los derechos de todas las personas con discapacidad.
Deportados AG
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