Colegio Mallinckrodt |
UN FALLO CIVIL OBLIGA AL MALLINCKRODT A DISPONER DE UNA DOCENTE INTEGRADORA PARA QUE LA ADOLESCENTE, CON SÍNDROME DE WILLIAMS, QUE CURSA 4° AÑO, FINALICE EL NIVEL SECUNDARIO
La niña empezó en el Colegio Mallinckrodt, de la Capital, desde muy chica, en la sala de 2. Pero a fines de ese año le diagnosticaron síndrome de Williams, una condición genética rara. A pesar de los trastornos que le produjo en el desarrollo del aprendizaje y los múltiples factores asociados al síndrome, ella siguió adelante con su educación primaria en la modalidad de integración sin mayores complicaciones. Se alfabetizó y finalizó con su mismo grupo de compañeros el ciclo inicial en esa escuela católica.
Pero en 2015, cuando ya cursaba el primer año del secundario, surgieron dos frentes de conflicto: a la ya adolescente -cuya filiación se mantiene en reserva por ser menor de edad- no le otorgaron el certificado de aprobación de estudios primarios, y meses más tarde las autoridades del colegio les hicieron saber a sus padres que no la matricularían para el siguiente ciclo. La primera cuestión se zanjó con una resolución del Ministerio de Educación porteño que obligó al colegio a expedir el título. La segunda fue por medio de un amparo, donde se ordenó que se realizara la inscripción. Sin embargo, el conflicto persistió y dio lugar a un segundo amparo, esta vez presentado por la Defensoría Pública de Menores e Incapaces, para que la alumna pudiera contar con los apoyos escolares necesarios para poder continuar allí con sus estudios.
Finalmente, el fallo del Juzgado Civil N° 99 dictado el pasado 6 de abril, pero que trascendió ayer, resolvió que el Colegio Mallinckrodt debe respetar el derecho a la educación inclusiva y permitir a la estudiante terminar los estudios en esa institución, además de otorgarle los apoyos docentes exigidos para su aprendizaje y la correspondiente maestra integradora.
La resolución, además, manda a reelaborar un proyecto pedagógico individual (PPI) que "permita el ejercicio a su derecho a una educación inclusiva, con sustento en las capacidades de la joven al momento de su elaboración y teniendo en miras el interés superior, posibilitando así su efectiva participación y adquisición de conocimientos y cesar en las conductas hostiles y de discriminación hacia la menor".
María José Adrogué es abogada y preside la ONG Educación Inclusiva, una de las más de 150 organizaciones que forman parte del Grupo Artículo 24, que busca que el sistema educativo actual se modifique hacia un sistema de educación inclusiva, es decir que exista un modo de enseñanza único, que responda a las necesidades de todos los estudiantes, también de aquellos con discapacidad.
Ella advierte que la importancia de este fallo es justamente que obliga al colegio a cumplir con el deber de brindar un servicio educativo inclusivo. "Si bien la escuela había cumplido con la rematriculación, lo hacía sólo formalmente, porque en los hechos no hacía las adaptaciones necesarias. El colegio no le hacía asequible el contenido para su discapacidad. Así, para ella, era imposible sostener una secundaria sin adaptación de contenidos", dijo.
Consultada por LA NACION, la directora de la sede de la Capital del Colegio Mallinckrodt, Felicitas Álvarez Gil, sólo dijo que "es política del colegio no exponer públicamente cuestiones propias de las alumnas".
Según el fallo, en este caso se incumple el derecho de la niña de aprender en una escuela común, no segregada, y se la priva del acceso a una educación con los requisitos pedagógicos y educativos fijados en documentos internacionales.
"En la Argentina, las personas con discapacidad están hoy segregadas y estudian en escuelas especiales -dijo Mariela Galeazzi, coordinadora del Área de Derechos Humanos y Discapacidad de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia-. Es necesario un cambio de paradigma donde se valoren las diferencias humanas y se considere que educarnos en la diversidad es educarnos mejor."
Galeazzi advierte que todavía existen muchas barreras para la educación inclusiva, como lo es la denegación de la matrícula por parte de los colegios. Y que en caso de conseguirse, después llega otro obstáculo más complicado para los padres, que es lograr la permanencia del chico en la institución. Luego, están las dificultades dentro del colegio, entre ellas generar las condiciones internas para que esa educación inclusiva se haga efectiva con los respectivos apoyos y ajustes necesarios. Algunos ejemplos son la accesibilidad, materiales en Braille o las adecuaciones curriculares para quienes lo necesitan.
En ese sentido, el fallo hace hincapié en el carácter fundamental de la disponibilidad de un maestro integrador para un caso como el analizado.
"Debe destacarse -dice el fallo- que la menor se encuentra ya sobre el final del ciclo secundario y que desde su primera infancia comparte su día escolar con el mismo grupo de compañeras. Lo antedicho implica, en el caso particular, la provisión por parte del colegio, de las herramientas pedagógico/escolares acordes con sus necesidades en cantidad y calidad tal que le permitan continuar su trayecto escolar con sus compañeras de clase. La provisión de una maestra integradora es el vehículo para el diseño de los ajustes razonables a que la menor tiene derecho."
El caso de Alan Rodríguez, un precedente
A fines de marzo pasado, la justicia porteña dictó un fallo histórico en materia de educación inclusiva al ratificar la condena impuesta al GCBA (Ministerio de Educación) para que entregue a Alan, un joven con síndrome de Down, su título secundario. Alan fue a la misma escuela desde los 3 años, cumpliendo año a año sus objetivos curriculares. Al terminar la secundaria, le indicaron que su título no podía ser entregado porque no habría cumplido ciertos contenidos considerados mínimos por la normativa local.
El joven recurrió a la Justicia con el patrocinio de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ) y el apoyo de 150 organizaciones civiles que integran el Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva, para que, por medio de una acción de amparo, se le reconociera su derecho y se le entregara el título secundario oficial. Luego de tres años de su egreso, logró que se le reconozca judicialmente su derecho a la educación que le permite, a su vez, el acceso al empleo y a estudios terciarios y universitarios.
"Este logro trasciende el caso de Alan, ya que durante su tramitación, el Consejo Federal de Educación aprobó una nueva resolución (311/16) que rige para todo el país, según la cual todos los niños y niñas con discapacidad tienen derecho a su título primario y secundario en igualdad de condiciones con los demás", explicó Mariela Galeazzi, coordinadora del Área Derechos Humanos y Discapacidad de ACIJ.
Cronología del conflicto
Febrero de 2015
Una resolución del Ministerio de Educación porteño dispone que el Colegio Mallinckrodt expida el certificado de estudios primarios con Plan Pedagógico Individual a una alumna con síndrome de Williams
Octubre de 2015
Las autoridades del colegio le comunican a los padres que no le aceptarán a su hija la matrícula para el siguiente ciclo lectivo. Por medio de un amparo, los padres logran la inscripción
Abril de 2017
Un fallo judicial dispone que la chica finalice los estudios secundarios en ese colegio y cuente con los apoyos necesarios
Fuente: La Nación
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