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Acceder al programa que tiene como objetivo fortalecer las acciones que realizan los Observatorios Locales para promover y monitorear el cumplimiento de la aplicación de la convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378).
Se encuentra en el marco del artículo 33 de dicha Convención.
Podrán presentar proyectos:
- Observatorios provinciales y/o municipales constituidos en el marco de normativa local.
- Observatorios constituidos de hecho.
Los denominados Observatorios Locales constituidos de hecho, deberán designar a una de las entidades que lo integran con personería jurídica vigente para solicitar, percibir y rendir los fondos solicitados. A su vez deberán presentar toda la documentación relacionada a la constitución del Observatorio que se describe en el punto Conformación de los Observatorios.
Se financiará hasta un tope de $150.000,- para ser utilizados en:
- Equipamiento (PC, Impresora, scanner, cañon multimedia y mobiliario básico) 60%
- Materiales de comunicación accesibles 40%
Requisitos
1- Nota de solicitud de inclusión al Programa, firmada por la máxima autoridad de la entidad solicitante (Anexo I), en la que se debe expresar el monto solicitado.
Se constituirá además, el domicilio legal para hacer efectiva todas las comunicaciones y se comprometerá a comunicar el cambio del mismo en el caso de ser necesario.
2. Proyecto:
Deberá ser presentado en original y debidamente firmado por la máxima autoridad del organismo solicitante en todos sus folios.
Constará de:
- Carátula, donde debe detallarse:
- Nombre de la Institución/Organismo.
- Responsable de la Institución/Organismo.
- Responsable del proyecto.
- Domicilio.
- Ciudad.
- Provincia.
- Código Postal.
- Tel/fax.
- Teléfono celular del responsable del proyecto.
- Correo electrónico institucional y del responsable del proyecto.
- Descripción, donde deben detallarse:
- Diagnóstico: Describir la situación concreta desde la que se parte y en base a la cual se sustenta la solicitud. Se debe situar geográficamente dónde se localizará el proyecto.
Es necesario describir con claridad la situación inicial/actual de la cual se parte. Explicar necesidades/prioridades que se abordarán con la implementación del presente proyecto
- Objetivos: Comprenden los objetivos generales y los objetivos específicos.
- Objetivos generales: Es el propósito central del proyecto.
- Objetivos específicos: son aquellos que complementarán al Objetivo General para su cumplimiento. Son los resultados y beneficios cuantificables, deben estar planteados de modo tal que permitan su seguimiento y evaluación.
Documentación para la conformación del Observatorio:
1.- Acta de constitución del Observatorio y su reglamento interno.
Deberán detallarse los organismos gubernamentales; organizaciones de la sociedad civil de y para personas con discapacidad y las organizaciones con experiencia en la temática que lo integran. Acompañar la presentación de los integrantes con una breve reseña de sus antecedentes.
2.- Acta de reunión del Observatorio donde se deje constancia que se ha autorizado a una de las organizaciones que lo integran a solicitar y recibir los fondos a nombre del Observatorio. Se deberá acordar el destino de los fondos solicitados a la Ley de Cheques y el destino de los bienes que se adquirieran con dicho fondo en caso de disolución del Observatorio y/o desvinculación de la organización solicitante del proyecto del espacio del Observatorio.
3.- La institución designada por el Observatorio deberá acreditar una vigencia de personería jurídica no menor a 2 años.
4.- Informe de diagnóstico situacional preliminar de la discapacidad en la localidad (y ámbito de incumbencia en que se propone el Observatorio).
3.- Documentación:
Toda la documentación presentada en fotocopia, debe estar certificada por juez de paz, autoridad policial y en el caso que la certificación fuera realizada por Escribano Público, la misma debe estar acompañada por la correspondiente certificación del Colegio profesional competente.
Organismos Gubernamentales:
1.- Fotocopias de los Decretos y/o Actas de designación de la autoridad solicitante que demuestre la vigencia del mandato, conjuntamente con copias de las designaciones de los funcionarios que operan la Cuenta Bancaria. En el caso de Intendentes/Presidentes comunales se debe presentar fotocopia certificada (por Policía, Juez de Paz o Escribano) del Acta de asunción al cargo ante el Honorable Consejo Deliberante.
2.- Fotocopia certificada de las dos primeras páginas del Documento Nacional de Identidad de la autoridad que solicita el financiamiento conjuntamente con fotocopias de los DNI de los funcionarios que operan la Cuenta Bancaria.
3.- Impresión de Constancia de Inscripción ante AFIP (CUIT) de ese Organismo.
4.- Designación de responsables: de quien o quienes dirigirán, coordinarán y monitorearan la ejecución del Proyecto.
5.- Informe técnico del área de Discapacidad de la provincia, del proyecto presentado, firmado en original por la Autoridad del área mencionada.
6.- Informe del Observatorio de la Discapacidad (Dec. 806/11) a cargo del Director/a del mismo, firmado en original.
Organismos no gubernamentales:
1.- Fotocopia de la Resolución que otorga la personería jurídica a la Institución solicitante.
2.- Certificación actualizada de la vigencia de la personería Jurídica expedida por autoridad competente.
3.- Fotocopia de los Estatutos Sociales.
4.- Último Balance, certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas y/o autoridad competente provincial, conjuntamente con el Acta de Asamblea que lo aprueba.
5.- Fotocopias certificadas de la última acta de Asamblea y/o Directorio y/o Consejo de administración donde conste la designación de las autoridades actuales vigentes.
6.- Fotocopia de las dos primeras páginas del Documento Nacional de Identidad de la autoridad que solicita financiamiento conjuntamente con fotocopias de los DNI de quienes operan la Cuenta Bancaria.
7.- Informe Técnico del área de Discapacidad de la provincia, del proyecto presentado, firmado en original por la Autoridad del área mencionada.
8.- Designación de responsables: de quien o quienes dirigirán, coordinarán y monitorearan la ejecución del Proyecto.
9.- Impresión de Constancia de Inscripción ante AFIP (CUIT) de ese Organismo.
10.- Constancia de exención en Ganancias
11.- Informe del Observatorio de la Discapacidad (Dec. 806/11) a cargo del Director/a del mismo, firmado en original.
Documentación para la efectivización del pago:
1.- Formulario de Alta de Beneficiarios de Pagos (Anexo II).
2.- Formulario de Acreditación de Pagos de Tesoro Nacional en Cuenta Bancaria (Anexo III) en Bancos: de la Nación Argentina, de la Provincia de Buenos Aires, de Galicia, Suquía, Credicoop, Banco Patagonia, Banco San Juan, Santander Río, HSBC Bank Argentina, Macro, Bco. del Chaco.
El formulario debe estar completo, contando con la certificación del Banco, el número de la cuenta corriente o caja de ahorro y debe constar el nombre y número de la sucursal del Banco.
Tener en cuenta:
- Toda la documentación solicitada y los datos requeridos para la presentación del proyecto, son requisitos indispensables para su evaluación.
- El subsidio que eventualmente se otorgue no es reembolsable, pero si, debe realizarse la rendición de cuentas del mismo.
- El plazo máximo para la realización de la correspondiente rendición de cuentas será de 90 días corridos a partir de efectuado el desembolso. Sin perjuicio de ello, el Comité determinará los plazos de ejecución e inversión que para cada caso que considere conveniente.
- El monto de subsidio otorgado deberá ser utilizado estrictamente en función de lo presupuestado oportunamente en el proyecto aprobado.
- Los fondos deberán destinarse a la adquisición de bienes nuevos.
- En el caso que fuera necesario realizar cambios de destino de los fondos, la Institución deberá solicitar autorización por escrito al Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad y esperar la comunicación formal de la decisión que a este respecto tome el mencionado Comité.
- Toda la documentación incluida en la Rendición de Cuentas deberá tener firma y sello del responsable debidamente autorizado. Caso contrario, la documentación no será considerada válida.
La presentación de la rendición de cuentas del subsidio otorgado deberá ajustarse a los requerimientos del INSTRUCTIVO DE RENDICION DE CUENTAS, al que puede acceder en formato PDF o doc.
- Puede consultar el Instructivo del Programa de Fortalecimiento de los Observatorios Locales.
Puede tomar como guía orientativa las directrices relativas al seguimiento de la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad que propone Naciones Unidas.
Cómo se hace
1.- Presentar la documentación personalmente o por correo postal a la Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS), Julio A. Roca 782, piso 4, CP 1067, Ciudad de Buenos Aires, Argentina, de 9:00 a 17:00 horas.
Importante: Debe realizar la rendición de cuentas dentro de los 90 días corridos a partir de efectuado el desembolso.
Costo
Gratuito.
Vigencia
Si al realizar la tramitación, la documentación no es completada en un plazo de 45 días, la misma caducará y se deberá realizar una nueva presentación.
Asistencias necesarias
Debería asistir DOS veces:
1.- Presentar la documentación.
2.- Suscribir el convenio.
Nota: Eventualmente podría ser citado para dar explicaciones o agregar documentación.
En caso de enviar la documentación por correo postal solo deberá concurrir a suscribir el convenio.
Tiempo de entrega
Aproximadamente 90 días, si el proyecto es presentado con toda la documentación solicitada y en las condiciones requeridas.
Dónde se hace
Comisión Nacional Asesora para la Integración de las Personas con Discapacidad, Julio A. Roca 782, piso 4, CP 1067, Ciudad de Buenos Aires, Argentina.
Para mayor información puede realizar consultas:
- Telefónicamente a la línea gratuita 0800-333-2662, de lunes a viernes de 10:00 a 17:00 horas.
- Por correo electrónico: consulta_programa@conadis.gob.ar
Cuándo se hace
En cualquier momento, en tanto el programa se encuentra vigente.
Deportados AG
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