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| Iglesia Catedral de Córdoba (interior) |
La Constitución de la Nación Argentina garantiza, entre muchos otros derechos, la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley y la libertad de culto. Sin embargo, apenas en su articulo 2 impone a las autoridades federales el sostenimiento del culto católico. Este articulo de ninguna manera establece que la religión oficial del estado es la Católica Romana. Aunque pueda haber quien interprete que ese “sostenimiento” refiere a un apego institucional y jurídico a los de dictámenes éticos-morales del dogma católico, la realidad es que, además y quizá tan importante como la anterior, el articulo 2 hace referencia al sostenimiento material-económico.











